martes, 19 de mayo de 2009
Jose Maria Ruiz Mateos
Rumasa (Ruiz Mateos Sociedad Anónima) fue un holding de empresas español propiedad del empresario José María Ruiz Mateos, su fundador. Rumasa fue expropiada por el gobierno español del PSOE el 23 de febrero de 1983, en virtud del Decreto-Ley 2/1983. El grupo Rumasa, en el momento de publicarse la disposición, estaba constituido por 700 empresas, con una plantilla que alcanzaba las 65.000 personas, facturando unos 350.000 millones de pesetas (más de 2.000 millones de euros) anuales. Tras la expropiación fue reprivatizada por partes.
Tras la expropiación, Ruiz Mateos huye a Londres el 4 de marzo de 1983. El 1 de diciembre de 1985 es extraditado a España.
Desde ese momento se han seguido múltiples procesos judiciales, que en una primera parte tuvieron como objeto dirimir la legalidad de la operación de expropiación. Una segunda tanda de procedimientos judiciales ha seguido, por una parte con el intento de Ruiz Mateos de recuperar diversas empresas de RUMASA y revertir su venta; y por otro lado, la Fiscalía española le ha estado demandando una responsabilidad civil de 677.500 millones de pesetas (más de 4.000 millones de euros) por el estado del grupo en el momento de la expropiación y por la inyección de dinero que necesitó posteriormente.
La primera sentencia de fundamental importancia en este asunto es la dictada por el Tribunal Constitucional en 2-12-1983 (Sentencia TC 111/1983).[3] La Sentencia desestima el recurso de inconstitucionalidad promovido por diputados de Alianza Popular contra el Real Decreto-ley 2/1983. En la votación de la Sentencia hubo empate entre los doce magistrados que componían el Pleno del Tribunal Constitucional; dado que entre los seis magistrados favorables a la desestimación del recurso se encontraba su entonces Presidente, Manuel García-Pelayo y Alonso, el recurso fue desestimado (el Presidente tiene "voto de calidad" en caso de empate).
El Tribunal Constitucional resolvió que la expropiación era constitucional en 1991.[4] Los Tribunales Constitucional y Supremo también acordaron en nueve sentencias que se había respetado la legalidad en la reprivatización de Galerías Preciados, Banco Atlántico, varios hoteles e inmobiliarias.
El Tribunal Supremo abrió 165 procedimientos promovidos por Ruiz-Mateos para que se le devolvieran 163 empresas del holding, pronunciándose en contra de la reversión. Ruiz-Mateos recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la valoración de las sociedades o justiprecio (precio por acción). En 96 sociedades la valoración fue positiva y se pagaron 70,6 millones de euros a los accionistas y en 126 fue negativa.
El 12 de junio de 1997 la Audiencia Nacional absuelve a Ruiz Mateos y a otros cuatro acusados de los delitos de falsedad y estafa. En la sentencia se consideran probadas diversas falsedades e impagos a la Hacienda Pública y a la Seguridad Social, aunque por los cambios normativos producidos en el Código Penal no encuentra culpables a los acusados. El 25 de marzo de 1999, el Tribunal Supremo confirmó dicha absolución, librándole de la fianza de responsabilidad civil.
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